¿Qué es un Certificado de Eficiencia Energética?Un Certificado de Eficiencia Energética, o más comúnmente, Certificado Energético, es un documento técnico, elaborado por un técnico competente, en el que se valora el consumo de energía térmica (climatización, calefacción y agua caliente sanitaria) de una vivienda o local, en función de sus instalaciones (valorando sus rendimientos, tipo de combustible, uso de energías renovables) y de su envolvente térmica (tipo de cerramientos, espesores de aislamiento térmico, tipos de ventanas, puentes térmicos, etc). La obligación de realizar el Certificado de Eficiencia Energética, así como de registrarlo en el organismo competente de la Comunidad Autónoma, es el propietario del inmueble. Además, deberá disponer del mismo antes de anunciar la vivienda. En caso de no disponer del Certificado de Eficiencia Energética, o publicitar una calificación que no se corresponde con la obtenida en el certificado, la ley establece una serie de sanciones, que van desde los 300 € hasta 6.000 €. Para obtener más información sobre las posibles sanciones, consulta la siguiente entrada de nuestro blog: ¿Necesito un Certificado de Eficiencia Energética?A pesar de que la normativa que regula la certificación energética en edificios existentes lleva en vigor más de 5 años, en algunos casos aún surge la duda de si es necesario realizar un Certificado de Eficiencia Energética. En esta entrada, trataremos de aclarar cuando es necesario y cuando no. La necesidad de disponer de certificado de eficiencia energética se regula en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, así como por el Real Decreto 564/2017, de 2 de junio. Según lo expuesto en dicha legislación, será necesario un Certificado de Eficiencia Energética en los siguientes casos:
Por lo tanto, siempre será necesario un Certificado de Eficiencia Energética para edificios de nueva construcción y edificios existentes que se vaya a vender y alquilar, y no dispongan de un certificado en vigor (la validez de los certificados es de 10 años). Edificios exentos del certificado de eficiencia energéticaEl Certificado de Eficiencia Energética no será necesario en los siguientes casos:
¿Para qué sirve realmente un Certificado de Eficiencia Energética?Una vez analizado cuando es necesario un certificado, surge la cuestión de si es útil o solo un papel más para archivar. Un Certificado de Eficiencia Energética realizado correctamente, nos dará los valores de consumo de energía y emisiones de CO2 de nuestra vivienda. Esta información permite al futuro usuario conocer el comportamiento energético del inmueble, al igual que cuando compramos una lavadora o un frigorífico. La obtención de una buena calificación energética, implica un menor consumo de energía, lo que a su vez supone un aumento del valor de mercado de la vivienda, ya que el usuario final ahorrará en sus facturas de electricidad y/o gas respecto a otra vivienda con una calificación peor. Pero para obtener una calificación energética fiable, es necesario que un técnico cualificado acuda al inmueble para la toma de datos, dedique tiempo al estudio de las características del inmueble, así como proponer medidas correctoras viables y coherentes con la realidad de la vivienda (no serán las mismas medidas en el caso de una vivienda unifamiliar, que en una vivienda en un edificio, por ejemplo). Por lo tanto, para obtener un Certificado lo más cercano a la realidad posible, es necesario que el técnico dedique cierta cantidad de tiempo para su elaboración. Desconfíe de los certificados de bajo precio, dado que no se dedicarán el número de horas necesarias para su elaboración, así como de los certificados a distancia, en los que el técnico no acude al inmueble para la toma de datos, y por lo tanto, el resultado obtenido en el certificado no se ajustará a la realidad. Además, para que el certificado tenga validez, deberá estar registrado en el organismo competente de la comunidad Autónoma en la que se encuentre el inmueble. En el caso de la Comunidad Valenciana, es el IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial).
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A la hora de implantar una actividad en un local que ya estuvo en funcionamiento con una actividad similar, puede surgir la duda de si es necesaria una nueva licencia de actividad. El primer paso, es averiguar si la actividad anterior disponía de licencia de apertura, y si es así, comprobar el estado de la misma. Para ello, debemos ir al Ayuntamiento del municipio, y realizar una consulta en el área de urbanismo sobre el estado de la misma. Qué hacer si el local no dispone de licencia de actividadSi el local no dispone de licencia de actividad anterior, tendremos que realizar una nueva licencia de actividad, para lo que necesitaremos un Proyecto de apertura, además del resto de requisitos que exija el Ayuntamiento en función del tipo de actividad. Qué hacer si el local dispone de licencia de actividad anteriorSi el local dispone de licencia de actividad anterior, en primer lugar, debemos verificar que la licencia concedida se corresponde con la actividad que queremos implantar. Si la anterior actividad no se corresponde con la que se quiere implantar, no podremos aprovechar la anterior licencia de actividad. En el caso de que la licencia anterior se corresponda con la actividad que queremos implantar, normalmente bastará con realizar un cambio de titular. Los requisitos para poder realizar el cambio de titular dependen de la legislación autonómica y local, aunque normalmente se suelen exigir los siguientes documentos:
Nos podemos encontrar con el caso en el que exista un una petición de licencia, pero que debido a que existe un oficio de subsanación de deficiencias emitido por el Ayuntamiento, no se haya concedido aún la licencia. En este caso, deberemos consultar con el técnico del Ayuntamiento si nos permite completar dicho expediente, y así ahorrarnos algunos de los costes, o si debemos iniciar un nuevo expediente y empezar la licencia desde cero. Si no nos permiten realizar el cambio de titular, porque la licencia concedida anteriormente no coincide con la actividad que deseamos implantar, la licencia de actividad de dio de baja por el antiguo titular o cualquier otro motivo, deberemos realizar una licencia nueva. Para ampliar información sobre cambios de titularidad en licencias de apertura, o cualquier otra consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
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